Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la Administración Nacional del Puerto de Montevideo para transferir a la Administración General de las Usinas Eléctricas del Estado, en las condiciones que ambas convengan, la propiedad del terreno ubicado en la zona portuaria al Norte de la calle Pacheco y Obes, con una superficie aproximada, de tres hectáreas, a fin de instalar en dicho terreno una nueva central de energía destinada a la ampliación de los servicios eléctricos de la ciudad de Montevideo.