Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la Presidencia de la República para tomar de Rentas Generales hasta la suma de diez mil pesos ($ 10.000.00) para atender los gastos que se originen con motivo de la inauguración de la estatua al General Garzón.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la Presidencia de la República para tomar de Rentas Generales hasta la suma de diez mil pesos ($ 10.000.00) para atender los gastos que se originen con motivo de la inauguración de la estatua al General Garzón.
Artículo 2 — Artículo 2
El monumento al General Garzón se erigirá en el Parque de los Aliados, de la ciudad de Montevideo.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.