Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase por gracia especial a las señoritas Inés, Elena y Estela Gómez, nietas del guerrero de la Independencia Coronel don Tomás Gómez, una pensión alimenticia de setecientos veinte pesos anuales.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase por gracia especial a las señoritas Inés, Elena y Estela Gómez, nietas del guerrero de la Independencia Coronel don Tomás Gómez, una pensión alimenticia de setecientos veinte pesos anuales.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.