Artículo 1 — Artículo 1
Facúltase al Consejo Nacional de Administración para invertir hasta la suma de treinta mil pesos ($ 30.000.00), que girá con cargo a la partida de doscientos mil pesos ($ 200.000.00), asignada para la construcción del Hotel de Inmigrantes, con el objeto de disponer el debido alojamiento de los inmigrantes.