Ley8222·1928

CONSEJO NACIONAL DE ADMINISTRACION. AUTORIZACION. HOTEL DE INMIGRANTES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/05/1928

Fecha de publicación

6 de julio de 1928

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Facúltase al Consejo Nacional de Administración para invertir hasta la suma de treinta mil pesos ($ 30.000.00), que girá con cargo a la partida de doscientos mil pesos ($ 200.000.00), asignada para la construcción del Hotel de Inmigrantes, con el objeto de disponer el debido alojamiento de los inmigrantes.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 24 de mayo de 1928Promulgación (8222)
  2. 7 de junio de 1928Publicación (8222)