Artículo 1 — Artículo 1
El Consejo Nacional de Administración procederá a la adquisición por compra directa, previa intervención de las oficinas técnicas competentes, o por expropiación y con destino al futuro emplazamiento del Palacio de Justicia de los terrenos y fincas comprendidos entre la Avenida 18 de Julio y calle Minas, Guayabo y Magallanes, de la ciudad de Montevideo.