Ley8250·1928

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA. AUTORIZACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16/07/1928

Fecha de publicación

28/07/1928

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase a la Presidencia de la República para tomar proporcionalmente de los rubros "Vestuario, equipo y menaje", "Raciones", "Efectos de higiene y Limpieza", y "Combustibles y lubrificantes" (planilla número 57 A) y B), la suma de doscientos pesos mensuales, destinada a la retribución de un químico con asimilación de Capitán que quedará adscripto a la Intendencia General del Ejército y la Armada.

Artículo 2Artículo 2

Incorpórase al presupuesto de la Intendencia General del Ejército y la Armada la siguiente partida: Un distribuidor de costura, asimilado a 1er. Teniente, con la compensación correspondiente, $ 1.440.00.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 16 de julio de 1928Promulgación (8250)
  2. 28 de julio de 1928Publicación (8250)