Ley8297·1928

JUBILACIONES Y PENSIONES. BENEFICIOS JUBILATORIOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

10 de agosto de 1928

Fecha de publicación

20/10/1928

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase por gracia especial a la señorita María Luisa Africio el derecho a jubilarse como Ayudante de la escuela de 1.er grado número 8 de Montevideo, con arreglo a los años de servicios que prestó a la instrucción pública primaria y previo informe del Cuerpo Médico Escolar de que se encuentra permanentemente imposibilitada para el ejercicio del cargo.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 8 de octubre de 1928Promulgación (8297)
  2. 20 de octubre de 1928Publicación (8297)