Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase por gracia especial a la señorita María Luisa Africio el derecho a jubilarse como Ayudante de la escuela de 1.er grado número 8 de Montevideo, con arreglo a los años de servicios que prestó a la instrucción pública primaria y previo informe del Cuerpo Médico Escolar de que se encuentra permanentemente imposibilitada para el ejercicio del cargo.