Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase una pensión vitalicia e inembargable de $ 1.800.00 anuales a la viuda e hijos menores del Profesor doctor José Verocay.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase una pensión vitalicia e inembargable de $ 1.800.00 anuales a la viuda e hijos menores del Profesor doctor José Verocay.
Artículo 2 — Artículo 2
Autorízase a la Presidencia de la República para tomar de Rentas Generales la suma de mil quinientos pesos ($ 1.500.00) para abonar los gastos de pasajes de la familia y la reempatriación de los restos del extinto profesor.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.-
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.