Ley8299·1928

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. VIUDA E HIJOS DE JOSE VEROCAY

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

10 de octubre de 1928

Fecha de publicación

18/10/1928

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase una pensión vitalicia e inembargable de $ 1.800.00 anuales a la viuda e hijos menores del Profesor doctor José Verocay.

Artículo 2Artículo 2

Autorízase a la Presidencia de la República para tomar de Rentas Generales la suma de mil quinientos pesos ($ 1.500.00) para abonar los gastos de pasajes de la familia y la reempatriación de los restos del extinto profesor.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 10 de octubre de 1928Promulgación (8299)
  2. 18 de octubre de 1928Publicación (8299)