Ley8346·1928

ACUERDOS INTERNACIONALES. RATIFICACION DE CONVENCIONES SOBRE CIRCULACION DE AUTOMOVILES Y CIRCULACION INTERNACIONAL EN LOS CAMINOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22/10/1928

Fecha de publicación

11 de junio de 1928

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase a la Presidencia de la República para proceder a ratificar la Convención Internacional relativa a la circulación de automóviles y la Convención relativa a la circulación internacional en los caminos suscripta el 24 de Abril de 1926 por el Delegado del Uruguay ante la Conferencia Internacional sobre circulación de automóviles celebrada en París.(*)

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 22 de octubre de 1928Promulgación (8346)
  2. 6 de noviembre de 1928Publicación (8346)