Ley8367·1928

PRESUPUESTO. MODIFICACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25/10/1928

Fecha de publicación

11 de enero de 1928

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Sustitúyese en la planilla número 7, correspondiente al Ministerio de Hacienda, la partida que dice: "4 Agencias de l.a categoría a $ 960.00 cada una, pesos 3.840.00" por las siguientes: "2 Agencias cuya recaudación sea superior a $ 100.000, a $ 1.440.00 anuales cada una, $ 2.880.00. 2 Agencias de 1.a categoría a $ 960.00 cada una, pesos 1.920.00 anuales".

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 25 de octubre de 1928Promulgación (8367)
  2. 1 de noviembre de 1928Publicación (8367)