Ley8371·1928

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MANUELA GONZALEZ DE ALMEIDA E HIJOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25/10/1928

Fecha de publicación

11 de agosto de 1928

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase por gracia especial a doña Manuela González de Almeida y a sus hijos una pensión de setenta y cinco pesos mensuales, acumulable a la que perciben actualmente como viuda e hijos, respectivamente, del Mayor Enrique Almeida.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 25 de octubre de 1928Promulgación (8371)
  2. 8 de noviembre de 1928Publicación (8371)