Ley8373·1928

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. FRANCISCA AGUSTINA LARROBLA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25/10/1928

Fecha de publicación

11 de agosto de 1928

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase a doña Francisca Agustina Larrobla, en su carácter de nieta del servidor de la Independencia don Luis Larrobla, una pensión de trescientos pesos anuales.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 25 de octubre de 1928Promulgación (8373)
  2. 8 de noviembre de 1928Publicación (8373)