Ley8380·1928

PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. OBRAS PUBLICAS. EXPROPIACIONES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26/10/1928

Fecha de publicación

31/10/1928

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo para invertir hasta la cantidad de doscientos cuarenta mil pesos ($ 240.000.00) en la construcción de un edificio destinado al Alojamiento de los Inmigrantes. Ese edificio se construirá en el terreno que el Estado posee en la esquina de la calle Guaraní y Rambla Portuaria, 2.176 metros cuadrados).

Artículo 2Artículo 2

La mencionada cantidad será tomada de los fondos que a ese objeto destinó la ley de 18 de Abril de 1926 (inversión del empréstito de treinta millones de pesos ($ 30.000.000.00).

Artículo 3Artículo 3

Autorízase también al Poder Ejecutivo para que, si lo considera necesario, expropie o adquiera el terreno lindante necesario para regularizar la superficie del predio que por esta ley se destina a asiento del nombrado instituto.

Artículo 4Artículo 4

El precio de la expropiación del terreno de las calles Ituzaingó, Marsellesa y Treinta y Tres que debe abonar el Municipio de Montevideo ingresará en Rentas Generales para aumentar el rubro "Vialidad y Obras Públicas".

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 26 de octubre de 1928Promulgación (8380)
  2. 31 de octubre de 1928Publicación (8380)