Ley8382·1928

AUTORIZACION PARA DISPONER RECURSOS DE RENTAS GENERALES. OTORGAMIENTO DE SUBVENCION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26/10/1928

Fecha de publicación

29/10/1928

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Destínase de Rentas Generales la suma de veinticinco mil pesos ($ 25.000.00) para garantir el mantenimiento de un servicio de transporte aéreo y diario de correspondencia y pasajeros entre Montevideo y Buenos Aires. (*)

Artículo 2Artículo 2

El Consejo Nacional de Administración hará entregar la suma a que se refiere el artículo anterior a la Dirección de Correos, debiéndose agregar a ésta el producido íntegro de la sobretasa aérea Montevideo-Buenos Aires, con todo lo cual se constituirá el fondo de subvención aéreo-postal.

Artículo 3Artículo 3

La Dirección de Correos no podrá disponer de ese fondo sino para subvencionar servicios aéreo-postales diarios entre Montevideo y Buenos Aires, no pudiendo exceder la subvención de la suma de ciento cincuenta pesos diarios y por doble travesía del río de la Plata.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 26 de octubre de 1928Promulgación (8382)
  2. 29 de octubre de 1928Publicación (8382)