Artículo 1 — Artículo 1
Créase con los elementos actuales de la Sección Farmacia y del Instituto de Química de la Facultad de Medicina y Ramas Anexas y de la parte docente del Instituto de Química Industrial la Facultad de Química y Farmacia.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Créase con los elementos actuales de la Sección Farmacia y del Instituto de Química de la Facultad de Medicina y Ramas Anexas y de la parte docente del Instituto de Química Industrial la Facultad de Química y Farmacia.
Artículo 2 — Artículo 2
Esta Facultad otorgará los títulos profesionales de "Químico Farmacéutico" y de "Químico Industrial" y el título científico de "Doctor en Química". El Consejo Directivo de la Facultad propondrá oportunamente al Cuerpo Legislativo el plan correspondiente al Curso Preparatorio para la carrera de Químico Industrial. (*)
Artículo 3 — Artículo 3
El título de "Doctor en Química" será de orden exclusivamente científico. Su posesión no conferirá ninguno de los derechos y privilegios atribuidos por las leyes y reglamentos vigentes a los grados profesionales universitarios.
Artículo 4 — Artículo 4
Para obtener el título de "Doctor en Química" se requerirá uno cualquiera de los dos títulos profesionales que se instituyen en el artículo 2.° y el cumplimiento de una escolaridad de un año, por lo menos, dedicada a la preparación de una tesis que versará sobre un trabajo original de investigación científica, todo de acuerdo con lo que el Consejo Directivo de la Facultad reglamente al respecto.
Artículo 5 — Artículo 5
El Consejo Directivo de la Facultad de Química y Farmacia estará compuesto de un Decano y de diez miembros, que serán elegidos: cinco por el personal docente, tres por los profesionales y dos por los estudiantes. Los delegados del personal docente serán profesores titulares, interinos o agregados, y deberán poseer título de la Facultad, de la Escuela de Farmacia o del Instituto de Química Industrial. Los delegados de los profesionales serán profesionales o miembros del personal docente, con título de la Facultad, de la Escuela de Farmacia o del Instituto de Química Industrial. Los delegados de los estudiantes podrán ser alumnos de los dos años últimos de estudios profesionales o agregados con título de la Facultad o de la Escuela de Farmacia o del Instituto de Química Industrial. Los miembros del Cuerpo Docente no podrán ser delegados de los estudiantes.
Artículo 6 — Artículo 6
Mientras no se formule el plan de estudios de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.°, los estudios superiores tendrán la siguiente duración y extensión: A) Para la carrera de "Químico Farmacéutico" durarán cuatro años y comprenderán las siguientes asignaturas: Química Inorgánica, Química Orgánica, Química Física, Física Farmacéutica, Historia Natural Farmacéutica y Micrografía, Análisis Químico General, Análisis Químico Aplicado, Farmacia Química, Materia Farmacéutica, Bacteriología e Higiene, Toxicología, Legislación Farmacéutica y Deontología, Farmacia Galénica, Bromatología y Análisis Biológicos, Práctica Farmacéutica. B) Para la carrera de "Químico Industrial" durarán cinco años y comprenderán las siguientes asignaturas: Economía Política y Finanzas, Química General, Física Técnica, Matemáticas, Dibujo, Química Orgánica, Análisis Químico Cuantitativo, Mineralogía y Docimasia, Química Industrial Inorgánica y Orgánica, Análisis Químico Industrial, Electroquímica, Mecánica Aplicada, Química Física.
Artículo 7 — Artículo 7
El Consejo Directivo de la Facultad formulará, dentro del primer año de su funcionamiento, el plan de reforma a los planes de estudios actuales y de acuerdo con la facultad que le confiere el artículo 11 de la ley de 31 de Diciembre de 1908 establecerá y reglamentará las condiciones a llenarse para las equivalencias de los títulos que se instituyen por la presente ley.
Artículo 8 — Artículo 8
Inmediatamente de promulgada la presente ley el Consejo Superior de la Universidad convocará en la forma reglamentaria para la constitución de las autoridades de la Facultad.
Artículo 9 — Artículo 9
Inmediatamente de promulgada la presente ley el Consejo Superior de la Universidad convocará en la forma reglamentaria para la constitución de las autoridades de la Facultad.
Artículo 10 — Artículo 10
Los cambios de denominación no implican cesantía. Los funcionarios que ocupan los cargos sustituidos serán designados para los nuevos cargos creados.
Artículo 11 — Artículo 11
Mientras no se provea a la ampliación de locales indispensables seguirán funcionando las clases de Química Biológica y las del Instituto de Química Industrial en los locales actuales.
Artículo 12 — Artículo 12
La Facultad de Química y Farmacia se regirá en todo lo que le sea aplicable por las leyes generales universitarias. El Decano y las autoridades tendrán las atribuciones, duración en sus cargos y deberes de los demás Decanos y autoridades de Facultades universitarias. La Facultad de Química y Farmacia se regirá por los reglamentos actualmente vigentes, hasta tanto no se dicte en forma legal su reglamento propio.
Artículo 13 — Artículo 13
Deróganse todas las leyes y disposiciones vigentes que se opongan a la presente ley.
Artículo 14 — Artículo 14
El Consejo Directivo de la Facultad de Química Y Farmacia dispondrá de la suma de ($ 8.000.00) ocho mil pesos anuales, que deberá destinar a la organización 4e los trabajos de investigación o de seminario.
Artículo 15 — Artículo 15
El Consejo Directivo dispondrá de la suma anual de ($ 4.000.00) cuatro mil pesos, que será destinada a la contratación de profesores y a obra de extensión universitaria y propaganda cultural.
Artículo 16 — Artículo 16
El Consejo Nacional le Administración reglamentará la presente ley.
Artículo 17 — Artículo 17
Incorpórase al Presupuesto General de Gastos, en el Ministerio de Instrucción Pública, la siguiente planilla: Facultad de Química y Farmacia Oficina Central 1 Decano ............................................ $ 3.000 1 Secretario (graduado de la Facultad, de la Escuela de Farmacia o del Instituto 1.035 de Química Industrial) ............................ " 2.400 1 Oficial 1.° ....................................... " 1.035 1 Auxiliar Dactilógrafo ............................. " 960 1 Bedel Ecónomo ..................................... " 1.200 1 Auxiliar de Bedelía ............................... " 900 1 Jefe de Biblioteca (graduado de la Facultad, de la Escuela de Farmacia o del Instituto de Química Industrial) ............................ " 1.800 1 Ordenanza de Secretaría y mensajero 1 Conserje........................................... " 840 1 Portero ........................................... " 660 5 Peones a $ 600.00 cada uno ........................ " 3.000 Gastos de Secretaría .............................. " 1.200 Para fomento de la biblioteca (libros y revistas) ......................................... " 2.000 Instituto de Química 1 Director con clase ................................ " 4.800 1 Subdirector ....................................... " 3.360 1 Jefe de Sección ................................... " 2.400 2 Asistentes a $ 1.800 cada uno ..................... " 3.600 1 Secretario Administrador ......................... " 1.200 1 Mozo de Laboratorio ............................... " 840 1 Conserje .......................................... " 840 4 Peones a $ 600.00 cada uno ........................ " 2.400 Gastos ............................................ " 1.200 Personal docente y servicios generales 1 Profesor de Química Inorgánica .................... $ 1.140 1 Profesor de Química Orgánica ...................... " 1.140 1 Profesor de Física Farmacéutica ................... " 1.140 1 Profesor de Bacteriología e Higiene ............... " 1.140 1 Profesor de Legislación Farmacéutica y Deontología ....................................... " 1.140 1 Profesor de Bromatología y Análisis Biológicos .... " 1.140 1 Profesor de Práctica Farmacéutica ................. " 1.140 1 Profesor de Historia Natural Farmacéutica ......... " 1.140 1 Profesor de Farmacia Química ...................... " 1.140 1 Profesor de Materia Farmacéutica .................. " 1.140 1 Profesor de Análisis Químico Aplicado ............. " 1.140 1 Profesor de Farmacia Galénica ..................... " 1.140 1 Profesor de Toxicología ........................... " 1.140 1 Profesor de Análisis Químico General ............... " 1.140 2 Jefes de Práctica Farmacéutica a $ 828 cada uno .......................................... " 1.656 1 Jefe de Trabajos Prácticos de Micrografía ......... " 828 1 Ayudante de Materia Farmacéutica .................. " 600 1 Ayudante de Historia Natural Farmacéutica ......... " 600 1 Ayudante de Física Farmacéutica ................... " 600 1 Ayudante de Química Orgánica ...................... " 600 1 Ayudante de Química Inorgánica .................... " 600 1 Ayudante de Análisis Químico General ............... " 600 1 Ayudante de Análisis Químico Aplicado ............. " 600 1 Ayudante de Bacteriología e Higiene ............... " 600 1 Ayudante de Farmacia Química ...................... " 600 1 Ayudante de Bromatología y Análisis Biológico ......................................... " 600 1 Ayudante de Farmacia Galénica ..................... " 600 1 Ayudante de Toxicología ........................... " 600 Para pago de profesores agregados de farmacia ..... " 1.440 1 Profesor de Economía Política y Finanzas .......... " 1.140 1 Profesor de Química General ....................... " 1.140 1 Profesor de Laboratorio de Química General ........ " 1.140 1 Ayudante .......................................... " 600 1 Profesor de Física Técnica ........................ " 1.140 1 Ayudante........................................... " 1.140 1 Profesor de Matemáticas ........................... " 1.140 1 Profesor de Dibujo, encargado de los cursos ....... " 1.140 1 Profesor de Química Orgánica ...................... " 1.140 1 Ayudante de Laboratorio de Química Orgánica ....... " 1.140 1 Profesor de Análisis Químico Cuantitativo ......... " 1.140 1 Ayudante .......................................... " 600 1 Profesor de Mineralogía y Docimasia ............... " 1.140 1 Profesor de Química Industrial, Orgánica e Inorgánica....................................... " 1.140 1 Profesor de Análisis Químico Industrial ........... " 1.140 1 Ayudante .......................................... " 600 1 Profesor de Electroquímica ........................ " 1.140 1 Profesor de Mecánica Aplicada...................... " 1.140 1 Profesor de Química Física ........................ " 1.140 1 Ayudante para el Laboratorio de Química Física .... " 600
Artículo 18 — Artículo 18
Incorpórase al Presupuesto General de Gastos, en la planilla Servicios diversos de la Facultad de Medicina, los cargos siguientes: 1 Profesor de Química Biológica ........................ $ 1.140 1 Jefe de Trabajos de Química Biológica ................ " 828 2 Ayudantes de Química Biológica a $ 600 cada uno ............................................. " 1.200 1 Peón ................................................. " 600
Artículo 19 — Artículo 19
Suprímese la actual planilla del Instituto de Química, en el Presupuesto General de Gastos, Ministerio de Instrucción Pública, Facultad de Medicina.
Artículo 20 — Artículo 20
Suprímase de la planilla del Presupuesto General de Gastos, en el Ministerio de Industrias, Instituto de Química Industrial, lo siguiente: 1 Profesor de Economía Política y Finanzas ............... $ 966 1 Profesor de Química General............................. " 966 1 Profesor de Laboratorio de Química General ............. " 966 1 Ayudante .............................................. " 600 1 Profesor de Física Técnica.............................. " 966 1 Ayudante ............................................... " 600 1 Profesor de Matemáticas ................................ " 966 1 Profesor de Dibujo, encargado de los cursos ............ " 1.104 1 Profesor de Química Orgánica ........................... " 966 1 Ayudante de Laboratorio de Química Orgánica ............ " 600 1 Profesor de Análisis Químico Cuantitativo .............. " 966 1 Ayudante ............................................... " 600 1 Profesor de Mineralogía y Docimasia .................... " 966 1 Profesor de Química Industrial, inorgánica y Orgánica .. " 966 1 Profesor de Análisis Químico Industrial ................ " 966 1 Ayudante ............................................... " 600 1 Profesor de Electroquímica ............................. " 966 1 Profesor de Mecánica Aplicada .......................... " 966 1 Profesor de Química Física ............................. " 966 1 Ayudante para el Laboratorio de Química Física ......... " 966
Artículo 21 — Artículo 21
Promulgada la presente ley, cesarán los actuales delegados de la Escuela de Farmacia en la Facultad de Medicina, que serán reemplazados por un delegado de los profesores y otro del alumnado; asimismo cesarán los delegados de los profesores y de los estudiantes al Consejo del Instituto de Química Industrial.
Artículo 22 — Artículo 22
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.