Artículo 1 — Artículo 1
Agrégase a la planilla del presupuesto de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y a la Facultad de Agronomía una partida de ocho mil pesos ($ 8.000) anuales para cada una, destinadas a cursos de investigación y seminarios. Los Consejos Directivos de dichas Facultades nombrarán el personal de dichos cursos, fijarán su remuneración y establecerán la distribución de los recursos señalados en el inciso anterior.