Artículo 1 — Artículo 1
Destínase por una sola vez y para atender por un año, la selección de semillas que efectúa la Comisión Oficial de Semillas, la suma de treinta mil pesos (pesos 30.000).
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Destínase por una sola vez y para atender por un año, la selección de semillas que efectúa la Comisión Oficial de Semillas, la suma de treinta mil pesos (pesos 30.000).
Artículo 2 — Artículo 2
Dicha suma será tomada del superávit del ejercicio económico 1927-1928.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.