Artículo 1 — Artículo 1
Elévase el sueldo del Subinspector de Colonias, que figura con sesenta pesos mensuales en la planilla número 4 del Ministerio de Industrias a la cantidad ciento cincuenta pesos mensuales.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Elévase el sueldo del Subinspector de Colonias, que figura con sesenta pesos mensuales en la planilla número 4 del Ministerio de Industrias a la cantidad ciento cincuenta pesos mensuales.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.