Ley8422·1929

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. RUFINA BURGUEÑO DE CABRERA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de noviembre de 1929

Fecha de publicación

25/06/1929

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase por gracia especial a la señora Rufina Burgueño de Cabrera, en mérito a los servicios prestados por los guerreros de la Independencia Capitán don Francisco Burgueño y Teniente 1.° don Juan Burgueño, una pensión alimenticia de trescientos sesenta pesos anuales.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 11 de junio de 1929Promulgación (8422)
  2. 25 de junio de 1929Publicación (8422)