Ley8431·1929

ADMINISTRACION PUBLICA. FUNCIONARIOS. SUPRESION DE TRATAMIENTO ESPECIAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18/06/1929

Fecha de publicación

7 de marzo de 1929

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Desde la promulgación de la presente ley las corporaciones y miembros de los Poderes Públicos y entes autónomos no podrán ser objeto de tratamiento especial como ser: Excelencia, Señoría, Honorabilidad, etc.

Artículo 2Artículo 2

Los agentes diplomáticos y consulares extranjeros tendrán en la República, con relación a su categoría, el mismo tratamiento que se dispense a nuestros funcionarios de igual clase en los países de que dichos agentes procedan.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 18 de junio de 1929Promulgación (8431)
  2. 3 de julio de 1929Publicación (8431)