Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase la ley de 8 de Setiembre de 1921 en la siguiente forma: la Escuela de Odontología y el Director de la misma se llamarán Facultad de Odontología y Decano, respectivamente.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase la ley de 8 de Setiembre de 1921 en la siguiente forma: la Escuela de Odontología y el Director de la misma se llamarán Facultad de Odontología y Decano, respectivamente.
Artículo 2 — Artículo 2
El actual Director desempeñará su cargo como Decano hasta terminar su mandato legal.
Artículo 3 — Artículo 3
Todas las leyes y reglamentos que actualmente rigen para la Escuela de Odontología regirán para la Facultad de Odontología con esta denominación.
Artículo 4 — Artículo 4
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.