Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta el 30 de Setiembre del corriente año el plazo para el pago de la contribución inmobiliaria e impuestos adicionales en los Departamentos del litoral e interior correspondientes al año 1929.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta el 30 de Setiembre del corriente año el plazo para el pago de la contribución inmobiliaria e impuestos adicionales en los Departamentos del litoral e interior correspondientes al año 1929.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.