Ley8463·1929

FACULTAD DE AGRONOMIA. ESCUELA EXPERIMENTAL DE RIEGO. CREACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

9 de diciembre de 1929

Fecha de publicación

27/09/1929

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Créase una Estación Experimental de Riego anexa a la Cátedra de Ingeniería Rural de la Facultad de Agronomía.

Artículo 2Artículo 2

La Estación Experimental de Riego tendrá las siguientes funciones: A) Estudiar todos los problemas relacionados con la aplicación del riego agrícola en el país. B) Proporcionar enseñanza práctica en el manejo de aguas y en todo lo que se relacione con la aplicación del riego a los estudios del curso respectivo. C) Dictar breves cursos prácticos sobre manejo de aguas.

Artículo 3Artículo 3

Destínase de Rentas Generales la cantidad de quince mil pesos ($ 15.000.00) para los gastos que demande su instalación.

Artículo 4Artículo 4

Incorpóranse a la planilla de la Facultad de Agronomía del Presupuesto General de Gastos los siguientes rubros: Estación Experimental de Riego 1 Jefe, ingeniero agrónomo $ 200.00 ........................ $ 2.400 - 1 Ayudante $ 150.00 ........................................ " 1.800 - Para gastos de funcionamiento y personal de trabajo $ 250.00 ................................. " 3.000 - Total ....................... $ 7.200 -

Artículo 5Artículo 5

El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley.

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 12 de setiembre de 1929Promulgación (8463)
  2. 27 de setiembre de 1929Publicación (8463)