Ley8481·1929

CONSEJO NACIONAL DE ADMINISTRACION. AUTORIZACION. TRANSPORTE FERROVIARIO. OBRAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

10 de enero de 1929

Fecha de publicación

10 de agosto de 1929

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Consejo Nacional de Administración para disponer de los recursos que crea la ley de 19 de Octubre de 1928 para ferrocarriles hasta la suma de $ 552.138.63, destinada a atender las erogaciones pendientes, así como las que se causen hasta la total terminación de la línea férrea San Carlos a Rocha y adquisición de material rodante para dicha línea.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 1 de octubre de 1929Promulgación (8481)
  2. 8 de octubre de 1929Publicación (8481)