Artículo 1 — Artículo 1
La importación de baterías, pilas eléctricas, repuestos y accesorios en general, además de los derechos aduaneros y adicionales vigentes pagará un derecho específico de $ 0.40 por kilo.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
La importación de baterías, pilas eléctricas, repuestos y accesorios en general, además de los derechos aduaneros y adicionales vigentes pagará un derecho específico de $ 0.40 por kilo.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.