Ley8535·1929

FIJACION DE IMPUESTO. PATENTES DE GIRO. PRORROGA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/12/1929

Fecha de publicación

1 de agosto de 1930

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Prorróganse para el año 1930 las leyes de Patentes que rigen en la actualidad para la Capital y para los Departamentos del litoral e interior.

Artículo 2Artículo 2

Déjase en suspenso lo dispuesto en el artículo 3.° de la ley de 25 de Enero de 1916 sobre concordatos preventivos por el término de la prórroga que otorga esta ley.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 17 de diciembre de 1929Promulgación (8535)
  2. 8 de enero de 1930Publicación (8535)