Artículo 1 — Artículo 1
Declárase que la pensión acordada a doña Adriana de Mula de Paullier, en su carácter de viuda del doctor Juan Paullier, es transmisible en sus dos terceras partes, a su hija doña Esther Paullier de Foglia.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Declárase que la pensión acordada a doña Adriana de Mula de Paullier, en su carácter de viuda del doctor Juan Paullier, es transmisible en sus dos terceras partes, a su hija doña Esther Paullier de Foglia.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.