Ley8571·1929

CONSEJO NACIONAL DE ADMINISTRACION. AUTORIZACION. OBRAS PUBLICAS. PUERTO DE LA PALOMA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/12/1929

Fecha de publicación

28/12/1929

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Consejo Nacional de Administración, para invertir hasta la suma de $ 100.000.00 (cien mil pesos), en la construcción de un hotel en el Puerto de La Paloma y adquisición del mobiliario para el mismo. Dicha suma se tomará de los recursos que autoriza la ley de 19 de Octubre de 1928 para la construcción de líneas férreas del Estado.

Artículo 2Artículo 2

Esta obra se realizará previo llamado a concurso de proyectos entre los arquitectos nacionales y a licitación pública para su construcción o por contrato directo si no existieran licitantes o fueran rechazadas las propuestas por causa justificada.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 19 de diciembre de 1929Promulgación (8571)
  2. 28 de diciembre de 1929Publicación (8571)