Ley8573·1929

PRESUPUESTO. MODIFICACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/12/1929

Fecha de publicación

28/12/1929

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Sustituyese la planilla número 116 del Ministerio de Industrias, Inspección de Minas e Industrias por la siguiente: PLANILLA N.° 116 Inspección de Minas e Industrias Personal técnico--Sueldos 1 Ingeniero Director $ 5.250 - 1 Ingeniero Subdirector " 4.500 - 1 Ingeniero Mecánico " 3.000 - $ 12.750 - Personal de oficina - Sueldos 1 Secretario Jefe de Despacho de la Sección Generadores $ 2.400 - 1 Inspector de Sobrestantes " 1.800 - 2 Sobrestantes a $ 1.320.00 cada uno " 3.960 - 1 Archivero " 1.320 - $ 9.480 - Personal de servicio 1 Portero $ 840 - $ 840 - Sección Minas Personal de oficina — Sueldos 1 Capataz Sobrestante de Minas $ 1.320 - 2 Auxiliares a $ 1.080 cada uno " 2.160 - Movilidad para inspecciones " 300 - $ 3.780 - Sección Industrias Personal técnico--Sueldos 1 Jefe Inspector $ 3.000 - 1 Ingeniero Ayudante " 2.250 - $ 5.250 - Personal de oficina - Sueldos 1 Auxiliar $ 1.080 - $ 1.080 - Sección Control de Aparatos Generadores de Vapor 1 Inspector Calderero $ 1.800 - 4 Caldereros a $ 1.080 cada uno " 4.320 - Gastos de locomoción y funcionamiento" 4.200 - $ 10.320 - Total de esta planilla $ 43.500 -

Artículo 2Artículo 2

Los cuatro cargos de Caldereros que se crean en la planilla anterior serán provistos por concurso.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 20 de diciembre de 1929Promulgación (8573)
  2. 28 de diciembre de 1929Publicación (8573)