Ley8577·1929

HOSPITAL DE CARMELO. CONTRIBUCION DE RECURSOS DE RENTAS GENERALES. CONSTRUCCION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/12/1929

Fecha de publicación

30/12/1929

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Destínase de Rentas Generales la cantidad de treinta mil pesos ($ 30.000.00) para contribuir a la construcción del edificio para hospital en la ciudad de Carmelo.(*)

Artículo 2Artículo 2

La contribución a que se refiere el artículo anterior se entregará una vez que se haya invertido en la obra proyectada la cantidad de $ 50.000.00, existente en poder de la Asistencia Pública y proveniente de anteriores subsidios y del producto de suscripciones populares.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 20 de diciembre de 1929Promulgación (8577)
  2. 30 de diciembre de 1929Publicación (8577)