Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo para tomar de Rentas Generales hasta la cantidad de diez mil pesos, que deberá invertir en contribuciones de cinco mil pesos cada una, para la erección de monumentos en Nueva Helvecia y en Colonia Valdense, a los fundadores de la Colonia Suiza y de la Colonia Valdense. Estas obras deberán hacerse por concurso entre los escultores nacionales.