Ley8662·1930

FACULTAD DE MEDICINA. INSTITUTO DE MEDICINA EXPERIMENTAL. AUTORIZACION PARA DISPONER RECURSOS DE RENTAS GENERALES. OTORGAMIENTO DE SUBVENCION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

13/08/1930

Fecha de publicación

19/08/1930

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Destínase, por una sola vez, la cantidad de diez mil pesos ($ 10.000.00), que será tomada de Rentas Generales para subvenir los gastos de albañilería, compra de instrumentos y otros que demande la instalación del Instituto de Medicina Experimental de la Facultad de Medicina.

Artículo 2Artículo 2

Elévese a la cantidad de seis mil pesos ($ 6.000) anuales, la partida de dos mil pesos ($ 2.000) que establece la ley de 18 de Marzo de 1929 para "Gastos de Laboratorio" del Instituto de Medicina Experimental.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 13 de agosto de 1930Promulgación (8662)
  2. 19 de agosto de 1930Publicación (8662)