Ley8670·1930

PRESUPUESTO. PRORROGA. CONSEJO NACIONAL DE ADMINISTRACION. AUTORIZACION PARA DISPONER RECURSOS DE RENTAS GENERALES. CORTE ELECTORAL. PRESUPUESTO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/09/1930

Fecha de publicación

27/09/1930

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase hasta el 30 de Setiembre de 1930, el Presupuesto General de Sueldos y Gastos vigente, las leyes que lo complementan y el presupuesto permanente de la Corte Electoral. La prórroga del presupuesto permanente de la Corte Electoral tendrá efecto retroactivo al 1.° de Agosto de 1930. (*)

Artículo 2Artículo 2

Autorízase al Consejo Nacional de Administración para tomar de Rentas Generales hasta la cantidad de $ 6.544.89 para pago de los sueldos de las Oficinas Inscriptoras Delegadas.

Artículo 3Artículo 3

Autorízase al Consejo Nacional de Administración para tomar de Rentas Generales hasta la suma de $ 20.206.66 para pago de las asignaciones del personal eventual de todas las dependencias de la Corte, para el período comprendido entre el 16 de Julio a 30 de Setiembre de 1930.

Artículo 4Artículo 4

El Consejo Nacional de Administración entregará de Rentas Generales, a la Corte Electoral, la suma de tres mil pesos, para atender los gastos de publicaciones y manutención y locomoción del personal encargado de la regularización de expedientes defectuosos y para viático del funcionario interventor de Oficinas Electorales.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

  • Ninguna registrada.

Esta norma es afectada por

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 17 de setiembre de 1930Promulgación (8670)
  2. 27 de setiembre de 1930Publicación (8670)
  3. 15 de octubre de 1930Prorroga (8694)