Ley8680·1930

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. ESTEBAN TUANO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14/10/1930

Fecha de publicación

29/10/1930

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase por gracia especial al señor Esteban Tuano una pensión alimenticia e inembargable de cuatrocientos ochenta pesos anuales, en mérito a los servicios prestados al Estado como profesor de ciegos en el Asilo Dámaso Larrañaga e Instituto Nacional de Ciegos "General Artigas".

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 14 de octubre de 1930Promulgación (8680)
  2. 29 de octubre de 1930Publicación (8680)