Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase por gracia especial una jubilación de setecientos veinte pesos anuales al señor Francisco Ferro, que será trasmisible a sus herederos de acuerdo con las disposiciones de la ley de 14 de Octubre de 1904.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase por gracia especial una jubilación de setecientos veinte pesos anuales al señor Francisco Ferro, que será trasmisible a sus herederos de acuerdo con las disposiciones de la ley de 14 de Octubre de 1904.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.