Ley8702·1930

CONSTITUCION DE LA REPUBLICA. MODIFICACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22/10/1930

Fecha de publicación

29/10/1930

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Propónese a la próxima Legislatura la sustitución del artículo 27 de la Constitución de la República por el siguiente: "Artículo 27. Su elección se hará directamente, por el pueblo, a mayoría simple de votantes, mediante el sistema del doble voto simultáneo y con las garantías que para el sufragio establece la Sección II. La ley reglamentará la forma de la elección, la que se realizará el último domingo de Noviembre del año que corresponda."

Artículo 2Artículo 2

El Poder Ejecutivo cumplirá en oportunidad lo dispuesto en el primer inciso del artículo 178 de la Constitución.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 22 de octubre de 1930Promulgación (8702)
  2. 29 de octubre de 1930Publicación (8702)