Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase por gracia especial a la señora Josefa G. de Bellán, madre del escritor José Pedro Bellán, una pensión inembargable de $ 1.200.00 anuales.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase por gracia especial a la señora Josefa G. de Bellán, madre del escritor José Pedro Bellán, una pensión inembargable de $ 1.200.00 anuales.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.