Ley8717·1930

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. JOSEFA G. DE BELLAN

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

23/12/1930

Fecha de publicación

1 de agosto de 1931

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase por gracia especial a la señora Josefa G. de Bellán, madre del escritor José Pedro Bellán, una pensión inembargable de $ 1.200.00 anuales.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 23 de diciembre de 1930Promulgación (8717)
  2. 8 de enero de 1931Publicación (8717)