Ley8718·1930

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. ESPOSA E HIJOS DE ALBERTO B. DUFAU

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

23/12/1930

Fecha de publicación

1 de agosto de 1931

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase a la esposa e hijos del extinto maestro don Alberto B. Dufau una pensión graciable de 1.440.00 anuales, quedando sin efecto la pensión legal respectiva.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 23 de diciembre de 1930Promulgación (8718)
  2. 8 de enero de 1931Publicación (8718)