Ley8779·1931

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. CARLOS MARIA DE LOS HEROS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/10/1931

Fecha de publicación

11 de abril de 1931

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Concédese por gracia especial a don Carlos María de los Heros una pensión alimenticia e inembargable de setecientos veinte pesos anuales.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 20 de octubre de 1931Promulgación (8779)
  2. 4 de noviembre de 1931Publicación (8779)