Ley8822·1931

TRIBUTANSE HONORES DE PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

11 de abril de 1931

Fecha de publicación

11 de setiembre de 1931

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Los restos de Juan Zorrilla de San Martín serán velados al pie del monumento a Artigas.

Artículo 2Artículo 2

Serán inhumados en el Panteón Nacional y se les rendirán honores de Presidente de la República.

Artículo 3Artículo 3

Decrétase la erección de un monumento a Zorrilla de San Martín, en el sitio que se indicará oportunamente. Dicho monumento se levantará por contribución particular, más la suma que el Estado entregará una vez que esté averiguada la cantidad a que llegue la cooperación privada. Se designará una Comisión para correr con cuanto se relacione con la erección del monumento.(*)

Artículo 4Artículo 4

El Consejo Nacional de Administración reglamentará el artículo precedente.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 4 de noviembre de 1931Promulgación (8822)
  2. 9 de noviembre de 1931Publicación (8822)