Ley8828·1932

FIJACION DE IMPUESTO. CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

13/01/1932

Fecha de publicación

16/01/1932

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase hasta el 31 de Enero de 1932, el plazo para el pago, sin recargo, del impuesto de Contribución Inmobiliaria para el Departamento de la Capital por el ejercicio corriente y del impuesto de Contribución Inmobiliaria para los Departamentos del litoral e interior por el año 1931. Las oficinas recaudadoras respectivas procederán a la devolución de los recargos que hubieren percibido, bastando para ello la presentación de la planilla correspondiente.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 13 de enero de 1932Promulgación (8828)
  2. 16 de enero de 1932Publicación (8828)