Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta el 30 de Junio de 1932, el Presupuesto General de Gastos del Estado, vigente al 31 de Mayo de 1932, con las modificaciones establecidas por las Leyes de 6 y 20 de Agosto de 1931, y demás que las complementan.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta el 30 de Junio de 1932, el Presupuesto General de Gastos del Estado, vigente al 31 de Mayo de 1932, con las modificaciones establecidas por las Leyes de 6 y 20 de Agosto de 1931, y demás que las complementan.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.