Ley8862·1932

BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY (BHU). PRESUPUESTO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de mayo de 1932

Fecha de publicación

23/07/1932

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

El presupuesto general del Banco Hipotecario del Uruguay correspondiente al ejercicio económico 1932-1933, queda fijado en las siguientes cifras: Planilla global para sueldos en el Banco Hipotecario ..... $ 725.460 - Planilla global para gastos del mismo .................... " 110.580 - Planilla global para sueldos de la Sección Fomento Rural y Colonización ............................. $ 77.049 - Planilla global para gastos de la misma .................. " 88.130 - Total ................................................... $ 1.001.210 -

Artículo 2Artículo 2

La cantidad total fijada para sueldos del personal del Banco y de la Sección Fomento Rural y Colonización podrá ser aumentada por el Directorio hasta en cuarenta mil pesos, destinados al pago de sueldos de nuevos funcionarios que fuesen indispensables, y a mejorar a los del personal actual, siempre que para este último, y tratándose de empleados que ganen más de $ 70.00 mensuales, se cumplan estas condiciones: 1.° Que en la fecha de la aprobación del nuevo presupuesto el porciento de los servicios adeudados con relación a los préstamos vigentes no pase dell 4.5 %. 2.° Que las utilidades del ejercicio vencido no sean inferiores a las del ejercicio anterior.

Artículo 3Artículo 3

Si lo estimara conveniente, el Directorio podrá distribuir entre el personal del Banco las utilidades líquidas obtenidas en el ejercicio 1932-33, hasta un diez por ciento del importe de dichas utilidades. La resolución que se tome en ese sentido se aprobará con 6 votos conformes y ajustándose a normas generales que el Directorio dictará en el primer mes de dicho ejercicio.

Artículo 4Artículo 4

En el primer mes del referido ejercicio económico el Directorio del Banco cumplirá con lo mandado en el apartado 3° del artículo 10 de la ley número 8765 del 15 de Octubre de 1931.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 5 de julio de 1932Promulgación (8862)
  2. 23 de julio de 1932Publicación (8862)