Ley8880·1932

VIALIDAD Y OBRAS PUBLICAS. CAMINERIA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/08/1932

Fecha de publicación

29/08/1932

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Refuérzase en la cantidad de $ 200.000.00 la suma acordada por la ley del 19 de Diciembre de 1929, para la construcción de un hotel en el puerto de La Paloma. Dicha cantidad será tomada de los recursos que autoriza la ley de 19 de Octubre de 1928, para la construcción de líneas férreas del Estado.

Artículo 2Artículo 2

De la expresada cantidad se invertirá hasta la suma de $ 100.000.00 en las ampliaciones que reclame la construcción del hotel, debiendo entregarse el resto al Concejo Departamental de Rocha para que proceda a construir una rambla costanera en dicho balneario y el camino carretero Rocha-La Paloma.

Artículo 3Artículo 3

El personal de trabajo será designado de acuerdo con la ley nacional de Obras Públicas.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese. etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 19 de agosto de 1932Promulgación (8880)
  2. 29 de agosto de 1932Publicación (8880)