Ley8910·1932

CONSEJO NACIONAL DE ADMINISTRACION. AUTORIZACION. PRESTAMOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

11 de enero de 1932

Fecha de publicación

11 de noviembre de 1932

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Consejo Nacional de Administración para tomar, con carácter de reintegro, de los fondos autorizados por la ley de 17 de Setiembre de 1929, la cantidad de tres mil pesos ($ 3.000.00), a fin de proceder a la devolución de las máquinas de coser pignoradas en el Monte de Piedad con anterioridad al 15 de Junio del corriente año.

Artículo 2Artículo 2

Dicha cantidad será entregada al Banco de la República, el que adoptará las disposiciones del caso a fin de que se proceda a la devolución de las máquinas pignoradas a la sola presentación de las pólizas correspondientes.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 1 de noviembre de 1932Promulgación (8910)
  2. 11 de noviembre de 1932Publicación (8910)