Ley8919·1932

CORTE ELECTORAL. PRESUPUESTO. PRORROGA. CONSEJO NACIONAL DE ADMINISTRACION. AUTORIZACION PARA DISPONER RECURSOS DE RENTAS GENERALES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de setiembre de 1932

Fecha de publicación

14/12/1932

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase hasta el 31 de Diciembre del corriente año, el presupuesto de la Corte Electoral, promulgado el 23 de Octubre de 1928 y que importa $ 483.462.00 con las modificaciones del artículo 1.° de la ley 28 de Abril de 1931 y disposiciones pertinentes de las leyes de 6 y 20 de Agosto de 1931.

Artículo 2Artículo 2

Incorpórase a las disposiciones que rigen el presupuesto de la Corte Electoral, la siguiente: "Los empleados que desempeñen interinamente cargos superiores a los que les asigna el presente presupuesto, sólo comenzarán a percibir la diferencia en el sueldo, después de transcurridos seis meses en el desempeño continuado de esas funciones superiores".

Artículo 3Artículo 3

Autorízase al Consejo Nacional de Administración para tomar de Rentas Generales hasta la suma de diecisiete mil setecientos pesos ($ 17.700.00) para pago de las asignaciones del personal eventual de todas las dependencias de la Corte para el período comprendido entre el 1.° de Noviembre al 31 de Diciembre de 1932.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 9 de diciembre de 1932Promulgación (8919)
  2. 14 de diciembre de 1932Publicación (8919)