Artículo 1 — Artículo 1
Concédese por gracia especial a la madre, esposa e hijos del doctor Pedro Darracq, ex Juez Letrado de lo Civil, Comercial y Correccional del Salto, fallecido en el ejercicio de su cargo, una pensión de $ 1.800.00 anuales, no acumulable a la que les pudiera corresponder legalmente.