Decreto Ley8944·1933

AUTORIZACION PARA DISPONER RECURSOS DE RENTAS GENERALES. ASISTENCIA HUMANITARIA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

4 de enero de 1933

Fecha de publicación

15/05/1933

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Destinase la cantidad de cien mil pesos, que se tomarán de Rentas Generales, para atender la alimentación de los desocupados y menesterosos en la Capital y en los Departamentos del interior.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 1 de abril de 1933Promulgación (8944)
  2. 15 de mayo de 1933Publicación (8944)