Artículo 1 — Artículo 1
Destinase la cantidad de cien mil pesos, que se tomarán de Rentas Generales, para atender la alimentación de los desocupados y menesterosos en la Capital y en los Departamentos del interior.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Destinase la cantidad de cien mil pesos, que se tomarán de Rentas Generales, para atender la alimentación de los desocupados y menesterosos en la Capital y en los Departamentos del interior.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.