Artículo 1 — Artículo 1
Apruébanse los Protocolos fechados el 15 de Junio y 11 de Diciembre de 1929, que enmiendan los artículos 3°, 5°, 7°, 15, 34, 37, 41 y 42 y 34 y 40 de la Convención Internacional de Navegación Aérea, de 13 de Octubre de 1919. (*)