Decreto Ley8948·1933

DIRECCION DE CREDITO PUBLICO. AUTORIZACION. DEUDA PUBLICA. EMISION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

4 de abril de 1933

Fecha de publicación

15/05/1933

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase a la Dirección de Crédito Público para emitir hasta la suma de un millón de pesos ($ 1.000.000) en títulos de la Deuda "Obras Públicas 1932, 6 1/2 %, 1° serie", los que serán vendidos por el Banco de la República, en las condiciones establecidas por el artículo 2° de la ley de 11 de Marzo de 1932 y artículo 9° del decreto reglamentario de 5 de Abril del mismo año.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 4 de abril de 1933Promulgación (8948)
  2. 15 de mayo de 1933Publicación (8948)